B.O.P. Núm. 225 Jueves, 1 de octubre de 1992 9 Sentencia.-En la ciudad de León. a quince de julio de mil novecientos noventa y dos. Habiendo visto y oído los presentes autos de juicio de cognición número 810/91. seguidos a instancia de Banco de Castilla, S.A., contra doña Begoña Amez Franganillo, vecina de León y contra el matrimonio formado por don Carlos Alzóla Ruiz de Infante y doña María Sacramento Ruiz Ramos, vecinos de Vitoria, recayendo la presente resolución y, Fallo.-Que estimando como estimo, la demanda formulada polla representación de la mercantil Banco de Castilla, S.A., en reclamación de cantidad contra doña Begoña Amez Franganillo, Carlos Alzóla Ruiz de Infante y doña Sacramento Ruiz Ramos y teniendo por desistida a la demandante en cuanto al codemandado don Carlos Alzóla Ruiz de Infante, debo condenar y condeno a doña Begoña Amez Franganillo y a doña María Sacramento Ruiz Ramos a que satisfagan a la actora la cantidad de trescientas setenta y seis mil setecientas trece pesetas más los intereses devengados así como debo condenarles y les condeno al pago de las costas causadas. Contra esta sentencia cabe interponer ante este Juzgado y para la lima. Audiencia Provincial de León, recurso de apelación en el término de cinco días. Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. E/ Firmado y rubricado: Juan Carlos Suárez Fernández. Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes, y su publicación en el B.O.P. y tablón de anuncios de este Juzgado, extiendo y firmo el presente, de lo que doy fe.-El Secretario, Martiniano de Ablano Barreñada. 8931 Núm. 6866.-3.885 ptas. NUMERO TRES DE LEON Don Jesús Tejedor Alonso, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número tres de León y su partido. Doy fe: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 171/92 de que se hará mérito se ha dictado la siguiente: Sentencia.-En la ciudad de León, a treinta de julio de mil novecientos noventa y dos. Vistos por la lima. señora Magistrada Juez de Primera Instancia número tres de León y su partido, doña María Pilar Robles García, los presentes autos de juicio verbal civil 171/92, instados por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representado por el Procurador señor Muñiz Sánchez y asistido del Letrado señor Blanco Flecha, contra don Ricardo Chiribella Fuertes en situación de rebeldía procesal. Fallo: Que estimando la demanda planteada por el Procurador don Mariano Muñiz Sánchez en nombre y representación de Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, contra don Ricardo Chiribella Fuertes, debo de condenar y condeno a dicho demandado a pagar a la actora la cantidad de 54.758 ptas., más los intereses legales y costas del juicio. Dada la rebeldía del demandado notifíquese la presente resolución en la forma prevenida en el artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo que la parte actora solicite la notificación personal. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación en ambos efectos, para ante la lima. Audiencia Provincial de esta ciudad dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación. Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado rebelde extiendo el presente que firmo en la ciudad de León, a quince de septiembre de mil novecientos noventa y dos.-Jesús Tejedor Alonso. 8934 Núm. 6867.-3.774 ptas. NUMERO SEIS DE LEON Don Máximo Pérez Modino, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número seis de León y su partido. Doy fe: Que en los autos de juicio ejecutivo seguidos en este Juzgado de los que seguidamente se hace mención, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo, dicen: Sentencia: En ciudad de León, a uno de septiembre de 1992. Vistos por el limo. señor don Antonio Lorca Siero, Magistrado Juez de Primera Instancia número seis de León, los presentes autos de juicio ejecutivo número 92/92-R, seguidos a instancia de Banco de Bilbao Vizcaya, S.A., representado por el Procurador don Mariano Muñiz Sánchez, y dirigido por el Letrado don Luis Rayón Martín, contra don Miguel Angel López Voces y doña Lorena Alba Ochoa, declarado en rebeldía por su incomparecencia, sobre reclamación de cantidad. Fallo: Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante contra los bienes embargados en este procedimiento como propiedad de Miguel Angel López Voces y doña María Lorena Alba Ochoa, y con su producto pago total al ejecutante Banco de Bilbao Vizcaya, S.A. de las 683.820 pesetas reclamadas de principal más los intereses de esa suma al tipo pactado anual desde la fecha siguiente al cierre de la cuenta y las costas del procedimiento, a cuyo pago condeno a dicho demandado, al que por su rebeldía se le notificará la sentencia en la forma prevista por la Ley-Contra esta sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincia de León, presentando escrito en este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles. Así por esta mi sentencia juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado rebelde extiendo el presente que firmo en la ciudad de León, a catorce de septiembre de 1992,-Máximo Pérez Modino. 8906 Núm. 6868.-3.441 ptas. NUMERO OCHO DE LEON Doña María del Pilar Sáez Gallego, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número ocho de León y su partido. Doy fe: Que en los autos de juicio ejecutivo seguidos en este Juzgado de los que seguidamente se hace mención, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo, dicen: Sentencia: En ciudad de León, a seis de julio de 1992. Vistos por el limo. señor don Carlos Miguélez del Río, Magistrado Juez de Primera Instancia número ocho de León, los presentes autos de juicio ejecutivo número 115/92, seguidos a instancia de Caja España de Inversiones, representado por el Procurador don Mariano Muñiz Sánchez, y dirigido por el Letrado don Jesús Cadórniga Martínez, contra don Agustín Blanco González y Eva Fernández Neira, declarados en rebeldía por su incomparecencia, sobre reclamación de cantidad. Fallo: Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante contra los bienes embargados en este procedimiento como propiedad de Agustín Blanco González y Eva Fernández Neira, y con su producto pago total al ejecutante Caja España de Inversiones de las un millón cuatrocientas seis mil quinientas catorce pesetas (1.406.514 ptas.) reclamadas de principal más los intereses pactados y las costas del procedimiento, a cuyo pago condeno a dicho demandado, al que por su rebeldía se le notificará la sentencia en la forma prevista por la Ley-Contra esta sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincia de León, presentando escrito en este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles. Así por esta mi sentencia juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado rebelde extiendo el presente que firmo en la ciudad de León, a diez de septiembre de 1992.-La Secretaria, María del Pilar Sáez Gallego. 8907 - Núm. 6869.-3.441 ptas.