8 Jueves, 1 de octubre de 1992 B.O.P. Núm. 225 Administración de Justicia Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Audiencia de Valladolid SECCION PRIMERA Don Fernando Martín Ambicia, Secretario de la Sección Primera de la lima. Audiencia de Valladolid. Certifico: Que en el rollo número 296/91, de apelación del juicio de menor cuantía número 627/91 del Juzgado de Primera Instancia número uno de Ponferrada, se ha dictado la siguiente: Sentencia número 450 lima. Audiencia de Valladolid. Sección Primera. limos, señores Magistrados, don Juan José Navarro Fajardo, don José Ramón Alonso-Mañero Pardal, don Ernesto Mangas González.-En Valladolid, a veintisiete de julio de mil novecientos noventa y dos. La Sección Primera de la lima. Audiencia de Valladolid, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de menor cuantía número 627/88 del Juzgado de Primera Instancia número uno de Ponferrada (León), seguido entre partes, de una como demandantes-apelantes, la Comunidad de Propietarios del Edificio Vega, en C/ Leitariegos, s/n., de Villablino, don Amadeo Alfonso Pires, don Marcelino Alonso Rodríguez, don Odilio Fernández Sal, don Manuel Méndez Cadenas, don Ismael Menéndez Fernández, don Manuel Fernández López, mayores de edad, casados, mineros y domiciliados en Villablino, y doña María Concepción Bousoño López, mayor de edad, casada, y con domicilio en Villablino, don Pablo Pérez Rodríguez, mayor de edad, casado, administrativo y domiciliado en Villablino, don Servando Pérez Fernández, mayor de edad. casado, minero y con domicilio en Cerredo, y don Fernando Martín del Campo, mayor de edad, casado, ferroviario y con domicilio en Villablino, que han estado representados por el Procurador don Fernando Velasco Nieto, y dirigidos por el Letrado don Emeterio Morán Álvarez, y de otra como demandados-apelados, don José María Fernández Pérez, mayor de edad, casado, Arquitecto y con domicilio en Ponferrada, representado por la Procurador doña Henar Monsalve Rodríguez y defendido por la Letrada doña Pilar Pérez Pérez, don Luis Braña Martínez, mayor de edad, casado, Aparejador y vecino de Ponferrada, representado por el Procurador don Felipe Alonso Delgado y dirigido por el Letrado don Fernando de los Mozos Marqués, y don Luis Vega Marqués y doña María Carmen del Potro Martínez, mayores de edad, cónyuges y con domicilio en Villablino, que no han comparecido en este recurso por lo que en cuanto a ellos se han entendido las actuaciones en los estrados del Tribunal, sobre reclamación de daños y perjuicios. Fallamos.-Que debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada con fecha 9 de julio de 1990, por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Ponferrada, en autos de menor cuantía número 627/88, salvo en lo referente a la indemnización, que se extenderá también a la valoración de las reparaciones a efectuar en las viviendas de aquellos copropietarios no personados en el procedimiento, apartado éste en que se estima el recurso, sin que proceda efectuar condena en las costas de esta instancia. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Concuerda exactamente con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación a los apelados incomparecidos, por medio de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, expido y firmo el presente en Valladolid, a catorce de septiembre de mil novecientos noventa y dos.-Fernando Martín Ambicia. 8887 Núm. 6863.-6.438 ptas. Juzgados de Primera Instancia e Instrucció NUMERO DOS DE LEON Don Martiniano de Ablano Barreñada, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número dos de León y su partido. Doy fe: Que en los autos de juicio ejecutivo seguidos en este Juzgado con el número 237/92, y de que se hará mérito se ha dictado la siguiente: Sentencia: En la ciudad de León, a veinticinco de junio de 1992. Vistos por el limo. señor don Juan Carlos Suárez Fernández, Magistrado Juez de Primera Instancia número dos de León, los presentes autos de juicio ejecutivo seguidos a instancia de José Cruz López Llamazares, representado por el Procurador don Fernando Fernández Cieza y dirigido por el Letrado señor Gutiérrez Olivares, contra don José Antonio Sánchez Cantoral, que por su incomparecencia ha sido declarado en rebeldía, sobre reclamación de un millón setenta y seis mil trescientas ochenta pesetas de principal, intereses y costas, y Fallo: Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante contra los bienes embargados en este procedimiento como propiedad de don José Antonio Sánchez Cantoral y con su producto pago total al ejecutante don José Cruz López Llamazares de un millón setenta y seis mil trescientas ochenta pesetas reclamadas, intereses de esa suma al cuatro por ciento anual desde la fecha de los vencimientos, y las costas del procedimiento, a cuyo pago condeno a dicho demandado, que por su rebeldía se notificará la sentencia en la forma prevista por la Ley-Así por esta mi sentencia juzgado en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado rebelde extiendo el presente que firmo en la ciudad de León, a once de septiembre de 1992-Martiniano de Ablano Barreñada. 8933 Núm. 6864.-3.219 ptas. * * * Don Jorge Germán Rubiera Álvarez, Magistrado Juez en funciones del Juzgado de Primera Instancia número dos de León y su partido. Hace saber: Que en este Juzgado y con el número 361/92 se siguen autos de expediente de declaración de herederos abintestato promovidos por don Manuel Gago Zayas, solicitando fuesen nombrados herederos abintestato del causante, su hermano de doble vínculo, don Marcelino Gago Zayas, que falleció en León, el día veintiséis de diciembre de 1990, siendo natural y vecino de Quintana de Rueda (León), donde nació el día seis de agosto de mil novecientos veinticinco, siendo hijo legítimo de Patricio y Felicitas, y habiendo ocurrido su óbito en estado de soltero, los hermanos de doble vínculo, a falta de otros herederos por línea directa, doña Dolores, doña Etelvina y don Manuel Gago Zayas, llamándose por medio del presente a cuantas personas se crean con igual o mejor derecho a la herencia, para que dentro del término de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto, comparezcan ante este Juzgado reclamándolo. Y para que conste y sea insertado el presente edicto en el Boletín Oficial de la provincia de León, en el Ayuntamiento de Quintana de Rueda y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente que firmo en León, a diez de septiembre de mil novecientos noventa y dos.-E/ Jorge Germán Rubiera Álvarez.-El Secretario Judicial (ilegible). 8932 Núm. 6865.-2.775 ptas. Don Martiniano de Ablano Barreñada. Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de León y su partido. Doy fe: Que en los autos de juicio de cognición número 810/91 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen como sigue: